PSIQUIPEDIA

Un blog sobre la facultad de Psicología de Granada

D NORMATIVA DE EXÁMENES

La normativa de examenes es un texto aprobado en nuestra universidad que marca unas pautas y normas muy básicas que deben seguirse a la hora de realizar los exámenes.

El texto, como texto legal que es, no es precisamente un monológo del club de la comedia, podeis leerlo aquí.

Una de las cuestiones más polémicas que presenta este texto la encontramos en la norma 16:

16º. Los sistemas de evaluación de asignaturas que se impartan de forma compartida por dos o más Departamentos serán homogéneos y la calificación final de la asignatura debe ser globalmente considerada, atendiendo a los contenidos y objetivos fijados en el programa. Asimismo la aplicación de los sistemas de evaluación fijados en una asignatura, adscrita a un sólo Departamento e impartida por distintos profesores/as del mismo, ha de hacerse con criterios y objetivos generales análogos y la calificación final de la asignatura debe ser compensatoria.

Y claro, ¿qué es eso de “compensatoria”?

Pues a falta de consultar a un entendido en leyes, compensatoria debería hacer referencia a que las notas de cada parte de la asignatura (teoría y práctica) se suman para obtener la nota final.

El problema aparece cuando nos topamos con esas asignaturas en las que nos dicen que la teoría son 7 puntos y las prácticas 3 pero hay que aprobar cada parte por separado para sumarlas.

Eso se contradice con la normativa de examenes, un alumno con 3.2 en teoría y un 2.1 en prácticas, según lo anterior no aprueba, ya que en teoría tenia que sacar un 3.5 para sumar las prácticas, sin embargo 3.2 y 2.1 suman 5.3 y según el Ministerio de Educación y Ciencia, con un 5 tienes un aprobado…

una discusión más amplia sobre este problema la teneis aquí

SI EN VUESTRAS ASIGNATURAS TENEIS ESTOS PROBLEMAS HABLAD CON LA DELEGACIÓN (o dejad un comentario aquí) Y HAREMOS LO POSIBLE POR EL CUMPLIMIENTO DE ALGO BÁSICO COMO LAS NORMATIVAS

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Otra cuestión interesante de la normativa es la norma 18:

18º. Reconocimiento o Compensación de Créditos.
1. Cuando un estudiante tenga superada el 94% de la carga lectiva global de un ciclo o de la titulación, podrá someter a reconocimiento o compensación los restantes créditos del ciclo o del total de la titulación, respectivamente, siempre que las materias que se sometan a reconocimiento o compensación hayan sido cursadas.

Asique si estais terminando la carrera y teneis una asignatura atrancada y no hay forma de aprobarla… id a secretaría a preguntar cómo y cuándo podeis hacer la compensación de créditos, puede ser una opción rápida para obtener el título ;)

Una respuesta para “D NORMATIVA DE EXÁMENES”

  1. mariajose escribió

    hola yo no estoy en carrera estoy en la ESO, pero tengo un problema aver si me podeis ayudar. yo hago en el trimestre 3 parciales ya que al primer parcial me suma la profesora 0.5 de los deberes de verdano, bueno bayamos al grano que he sacado en el 1º 5,75 en el 2º 5,25 y en el 3º 2,9 sale de media 4,8 sumando los deberes de verano. Ella dice que me va a suspender, puede ser que me suspenda si no a contado en ningun momento la actitud ni las notas de el día a día?
    porfavor ayudarme!

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